Artículo 30. Infraestructuras públicas para el desarrollo de proyectos empresariales.
Artículo 30 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de apoyo y fomento del emprendimiento y del trabajo autónomo en Aragón. · BOE-A-2019-7787
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-02.
Texto consolidado
1. La Administración de la Comunidad Autónoma, a través del Instituto Aragonés de Fomento o de otras entidades públicas vinculadas, potenciará la coordinación de las infraestructuras públicas y privadas existentes para el desarrollo de proyectos empresariales en su ámbito territorial, con el objetivo de hacerlas más eficientes para la creación y consolidación de la actividad empresarial.
2. El particular, se impulsará la extensión y desarrollo de la red Aragonesa de Centros de Emprendimiento (Red ARCE), integrada por entidades públicas y privadas aragonesas que cuentan con infraestructura de apoyo a emprendedores, fomentando su presencia en el entorno local y facilitando un mejor aprovechamiento de los recursos públicos y privados, coordinando todos los centros de emprendimiento del territorio.