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Ley Vigente

Artículo 30. Delegaciones provinciales.

Artículo 30 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía. · BOE-A-2011-18654

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-01.

Texto consolidado

Corresponderá a las delegaciones provinciales de la consejería el ejercicio de las funciones ejecutivas que se establezcan reglamentariamente, así como las que les delegue la consejería.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-01.

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