Artículo 30. Naturaleza.
Artículo 30 de la Ley 5/1998, de 14 de mayo, de los Consejos Escolares de Aragón. · BOE-A-1998-13296
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-23.
Texto consolidado
1. Los Consejos Escolares Comarcales son los órganos de consulta, asesoramiento y participación social en materia de enseñanza no universitaria en el ámbito territorial de la comarca.
2. Podrán crearse Consejos Escolares Comarcales en cada uno de los ámbitos que se constituyan conforme a lo dispuesto en la Ley de delimitación comarcal de Aragón.