Artículo 30. Calidad industrial.
Artículo 30 de la Ley 4/2017, de 12 de julio, de Industria de las Illes Balears. · BOE-A-2017-10495
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-21.
Texto consolidado
1. La Administración de la comunidad autónoma impulsará políticas de calidad industrial, que deberán tratar de implicar a todos los agentes industriales, públicos y privados, en un esfuerzo común por incrementar la seguridad, fiabilidad y utilidad de los productos, equipos y servicios, mientras se promueve la competitividad industrial.
2. La Administración de la comunidad autónoma puede establecer planes de mejora de la calidad de los servicios prestados por esta a la ciudadanía y las empresas en el ámbito de la actividad industrial, utilizando herramientas de gestión de la calidad y sistemas de información.