Artículo 30. Prácticas agresivas en relación con los menores.
Artículo 30 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. · BOE-A-1991-628
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-01.
Texto consolidado
Se reputa desleal por agresivo, incluir en la publicidad una exhortación directa a los niños para que adquieran bienes o usen servicios o convenzan a sus padres u otros adultos de que contraten los bienes o servicios anunciados.