Artículo 30.
Artículo 30 de la Ley 3/1981, de 12 de febrero, sobre Centros de Contratación de Cargas en Transporte Terrestre de Mercancías. · BOE-A-2012-5923
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-04-10.
Texto consolidado
El Centro de Contratación de Cargas o las Oficinas de Distribución y Control registrarán las ofertas y demandas recibidas, haciendo constar cuantos datos reglamentariamente se establezcan.