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Ley Vigente

Artículo 30. Normas, decretos y órdenes forales de caza.

Artículo 30 de la Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza. · BOE-A-2011-6648

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-30.

Texto consolidado

Las instituciones forales podrán establecer, en desarrollo de esta ley, las normas, decretos y órdenes forales de caza necesarias.

No se autorizará la caza de aves durante la época de celo, reproducción y crianza, así como durante su trayecto hacia los lugares de cría en el caso de las especies migratorias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-30.

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