Artículo 30. Estancia en habitación de uso individual en situación de últimos días.
Artículo 30 de la Ley 16/2018, de 28 de junio, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de atención al final de la vida. · BOE-A-2018-10760
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-29.
Texto consolidado
1. Las instituciones y centros sanitarios y sociales garantizarán a la persona en situación de últimos días una habitación de uso individual, con el nivel de confort e intimidad que requieran tanto ella como su acompañante.
2. Asimismo, podrá estar acompañada permanentemente por una persona allegada de acuerdo con sus preferencias.