Artículo 30. Derecho a la identidad, al nombre, a la nacionalidad y a conocer los orígenes.
Artículo 30 de la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2010-10213
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-02.
Texto consolidado
1. Los niños y los adolescentes tienen derecho a su identidad personal y sexual, y a tener un nombre y una nacionalidad, desde su nacimiento.
2. Los niños y los adolescentes tienen derecho a conocer su origen genético, padres y madres biológicos y parientes biológicos.
3. Los niños y los adolescentes tienen derecho a solicitar a las administraciones públicas competentes la documentación que les permita acreditar su identidad.