Artículo 30. Medidas de fomento.
Artículo 30 de la Ley 1/2026, de 5 de enero, de Participación Ciudadana en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2026-1258
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-13.
Texto consolidado
1. La consejería competente en materia de participación ciudadana impulsará medidas que consoliden la cultura participativa.
2. Entre las medidas de fomento se incluyen: divulgación de la ley, programas de formación, difusión de procesos, campañas de sensibilización y formación para personal y entidades locales.
3. Podrán firmarse convenios con entidades locales para fomentar la participación.
4. Todas las medidas deberán estar orientadas a resultados concretos y medibles, evitando acciones meramente simbólicas o de efecto limitado.
5. La consejería competente en materia de participación ciudadana, en el ámbito de sus competencias, pondrá en marcha medidas concretas de apoyo a las entidades privadas sin ánimo de lucro que promuevan o realicen proyectos de participación ciudadana.
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