Artículo 30.
Artículo 30 del Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico. · BOE-A-1975-8450
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1975-04-23.
Texto consolidado
En las zonas de atmósfera contaminada quedará terminantemente prohibido el suministro y utilización de combustible de alto poder contaminante, de acuerdo con las normas que se dicten al efecto.