El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto-ley Vigente

Artículo 3. Otras ayudas y resarcimiento de gastos.

Artículo 3 del Real Decreto-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad. · BOE-A-2004-19120

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-10.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Educación y Ciencia, en cooperación con las Comunidades Autónomas, acordará las medidas necesarias para suprimir las tasas académicas en los centros públicos o concertados de enseñanza a quienes sufran lesiones invalidantes comprendidas en el ámbito de aplicación de este real decreto ley, así como a los hijos y cónyuges de los fallecidos.

2. Igualmente, se podrán conceder ayudas destinadas a financiar tratamientos médicos, prótesis e intervenciones quirúrgicas, siempre que se acredite su necesidad y no hubieran sido cubiertos por un sistema público o privado de aseguramiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-11-10.

Más artículos de Real Decreto-ley 8/2004

En El Vínculo puedes leer Real Decreto-ley 8/2004 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.