Artículo 3. Refuerzo presupuestario para el Bono Social Térmico 2026.
Artículo 3 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. · BOE-A-2026-6544
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-22.
Texto consolidado
1. Se aprueba un suplemento de crédito de 90 millones de euros en la sección 23 «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico», servicio 03 «Secretaría de Estado de Energía», programa «425A», concepto 450 «Bono Social Térmico».
2. Este suplemento de crédito se destinará a financiar la ampliación de la cobertura necesaria para sufragar el incremento de los precios de la energía y se financia de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
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- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.