Artículo 3. Disolución y liquidación de las entidades mancomunadas de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
Artículo 3 del Real Decreto 701/2013, de 20 de septiembre, de racionalización del sector público. · BOE-A-2013-9968
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-27.
Texto consolidado
A partir de la entrada en vigor de este real decreto quedan disueltas Corporación Mutua y Suma Intermutual, Entidades Mancomunadas de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, y se iniciará el proceso de liquidación.