Artículo 3. Funciones.
Artículo 3 del Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, de estructura orgánica y funciones del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. · BOE-A-1997-1450
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-29.
Texto consolidado
El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales ejercerá las siguientes funciones:
1. El fomento, promoción y ordenación de las actividades cinematográficas y audiovisuales españolas en sus tres aspectos de producción, distribución y exhibición.
2. La promoción de la cinematografía y de las artes audiovisuales españolas.
3. La recuperación, restauración, conservación, investigación y difusión del patrimonio cinematográfico.
4. La cooperación en la formación de profesionales en las distintas especialidades cinematográficas.
5. Las relaciones con organismos e instituciones internacionales y extranjeros de fines similares.
6. La cooperación con las Comunidades Autónomas en materia de cinematografía y artes audiovisuales, de acuerdo con aquéllas.