Artículo 3. La Presidencia.
Artículo 3 del Real Decreto 697/2023, de 25 de julio, por el que se crea el Real Patronato de la Galería de las Colecciones Reales. · BOE-A-2023-17169
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-27.
Texto consolidado
1. La Presidencia del Real Patronato corresponde a la persona titular de la Presidencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.
2. Son competencias de la Presidencia del Real Patronato:
a) Ostentar la representación del Real Patronato.
b) Convocar el Pleno y fijar el orden del día.
c) Designar a los miembros de las Ponencias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.
d) Presidir las sesiones y moderar el desarrollo de sus debates.
e) Asegurar la ejecución y cumplimiento de los acuerdos adoptados.
f) Cuantas otras funciones sean inherentes a la Presidencia.