Artículo 3. Finalidad y ámbito territorial.
Artículo 3 del Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. · BOE-A-2011-8228
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-12.
Texto consolidado
1. La finalidad de este real decreto es crear el instrumento que permita disponer de una información objetiva, fiable y comparable, lo más actualizada posible, en todo el ámbito territorial, que permita identificar y conocer el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, su estado y tendencias, todo ello para:
a) Fundamentar la elaboración y aplicación de políticas y acciones en materia de conservación, gestión y uso sostenible.
b) Difundir los valores del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad a la sociedad en su conjunto.
c) Contribuir como fuente de información para atender a los compromisos internacionales suscritos por el Estado Español.
2. Su ámbito territorial comprende el territorio nacional y las aguas marinas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluyendo la zona económica exclusiva y la plataforma continental.