Artículo 3. Derecho de acceso al empleo público.
Artículo 3 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. · BOE-A-2001-10249
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-01.
Texto consolidado
Las personas incluidas en el ámbito de aplicación señalado en el artículo 2 podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos, salvo que impliquen una participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguarda de los intereses del Estado o de las Administraciones públicas.
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