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Real Decreto Derogada

Artículo 3. Potestades administrativas y relaciones con otras administraciones.

Artículo 3 del Real Decreto 461/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte. · BOE-A-2015-6835

Atención: Real Decreto 461/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Corresponde a la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, dentro de las competencias que tiene atribuidas, el ejercicio de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines y funciones, en los términos establecidos en el presente Estatuto y de acuerdo con la legislación aplicable.

2. Las relaciones de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte con los órganos de la Administración General del Estado y de las restantes administraciones públicas a las que dé lugar el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 5 del presente Estatuto, serán ejercidas por el Director de la Agencia, pudiendo delegar su ejercicio en el personal directivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-21.

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