Artículo 3. Personalidad y capacidad.
Artículo 3 del Real Decreto 45/2021, de 26 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P. · BOE-A-2021-1193
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-29.
Texto consolidado
La Fundación, constituida e inscrita en el Registro de Fundaciones, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, sin otras limitaciones que las establecidas por las leyes y por estos estatutos, pudiendo realizar todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines.