Artículo 3. Depósito de otra documentación.
Artículo 3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales. · BOE-A-2015-6837
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-09-20.
Texto consolidado
1. Asimismo, serán objeto de depósito los documentos que acrediten la realización de los siguientes actos:
a) La afiliación de organizaciones sindicales y empresariales a otras de ámbito superior, tanto de carácter funcional como territorial, así como su desvinculación de las mismas.
b) La fusión y la integración de organizaciones sindicales y empresariales.
c) La suspensión y disolución de las organizaciones sindicales y empresariales.
2. Además, las organizaciones sindicales y empresariales podrán depositar los acuerdos de designación y renovación de los cargos que ostentan su representación legal.