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Real Decreto Derogada

Artículo 3.

Artículo 3 del Real Decreto 400/1996, de 1 de marzo, por el que se dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 94/9/CE, relativo a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. · BOE-A-1996-7800

Atención: Real Decreto 400/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los aparatos, sistemas de protección y dispositivos contemplados en el artículo 1, a los que se aplica el presente Real Decreto, deberán cumplir los requisitos esenciales de seguridad y salud que figuran en el anexo II que les sean aplicables, teniendo en cuenta el uso previsto para los mismos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-04-09.

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