Artículo 3. Notificación obligatoria de la enfermedad.
Artículo 3 del Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky. · BOE-A-2009-6070
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-12.
Texto consolidado
La enfermedad será objeto de notificación obligatoria conforme a lo establecido en el Real Decreto 617/2007, de 16 de mayo, por el que se establece la lista de enfermedades animales de declaración obligatoria y se da la normativa para su notificación.