Artículo 3. Asignación de los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico.
Artículo 3 del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril, por el que se regula la asignación de materias en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato a las especialidades de distintos cuerpos de funcionarios docentes, y se modifican diversas normas relativas al profesorado de enseñanzas no universitarias. · BOE-A-2023-9553
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-20.
Texto consolidado
Los ámbitos de Comunicación y Ciencias Sociales y de Ciencias Aplicadas establecidos en el artículo 30.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, serán impartidos por personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Enseñanza Secundaria de alguna de las especialidades que se establecen para cada ámbito en el anexo IV.
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