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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Categorías de patata de siembra.

Artículo 3 del Real Decreto 27/2016, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de patata de siembra. · BOE-A-2016-888

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-31.

Texto consolidado

Se admiten las siguientes categorías de patata de siembra:

Material parental o de partida.

Semillas de prebase (generaciones anteriores a semillas de base).

Semillas de base.

Semillas certificadas.

En la categoría de prebase se distinguen dos clases de la Unión: PBTC y PB.

En la categoría de base se distinguen tres clases de la Unión: S, SE y E.

En la categoría de semilla certificada se distinguen dos clases de la Unión: A y B.

La clase S procede de la multiplicación de la última generación de semilla de prebase, y a partir de aquélla se obtendrán las clases SE y la E.

La semilla certificada de clase A podrá proceder de la multiplicación de semilla de base o de otra certificada de clase A obtenida a partir de una única multiplicación de la semilla de base, cuando cumpla con los requisitos de la semilla de base.

La semilla certificada de clase B podrá proceder de la multiplicación de la certificada de clase A, obtenida a partir de una única multiplicación de la semilla de base, o de categoría superiores.

El número máximo de generaciones de patatas, tanto en la categoría base como en la categoría prebase será de cuatro, y la combinación de las generaciones de patatas de prebase en el campo y patatas de base será de siete.

El número máximo de generaciones de plantas certificadas será de dos.

Si la generación no está indicada en la etiqueta oficial, se considerará que las patatas en cuestión pertenecen a la generación máxima autorizada en la categoría respectiva.

La semilla que por su genealogía debiera pertenecer a una de las clases anteriormente definidas podrá ser clasificada en otra inferior si no cumple los requisitos correspondientes a aquélla o, a propuesta del productor, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la clase propuesta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-31.

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