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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Gran Canciller de la Orden.

Artículo 3 del Real Decreto 2396/1998, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Orden del Mérito Civil. · BOE-A-1998-26802

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-11-22.

Texto consolidado

El Ministro de Asuntos Exteriores es Gran Canciller de la Orden del Mérito Civil. A él corresponde elevar a la aprobación del Consejo de Ministros los proyectos de Reales Decretos de concesión de los grados de Collar y Gran Cruz y conceder en nombre de Su Majestad el Rey los grados inferiores. Todos los títulos de las condecoraciones de la Real Orden deberán llevar su firma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-11-22.

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