Artículo 3. Incompatibilidad de las ayudas.
Artículo 3 del Real Decreto 236/2018, de 27 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la creación de organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores de carácter supraautonómico en el sector agrario. · BOE-A-2018-6180
Atención: Real Decreto 236/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La percepción de las subvenciones previstas en este real decreto será incompatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que, para la misma finalidad y objeto, pudieran establecer otras administraciones públicas u otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, incluidas las ayudas destinadas al fomento de la creación de agrupaciones y organizaciones de productores de los Programas de Desarrollo Rural gestionadas por las comunidades autónomas.
Asimismo, en el caso de las ayudas a los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas o sus asociaciones, se estará, a efectos de incompatibilidad con la ayuda prevista en este real decreto, a lo previsto al efecto en la normativa de la Unión Europea.
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