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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 3. Objetivo del proyecto de cooperación.

Artículo 3 del Real Decreto 197/2016, de 13 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la cooperación para planteamientos conjuntos con respecto a proyectos medioambientales y prácticas medioambientales en curso, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020. · BOE-A-2016-4638

Atención: Real Decreto 197/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El proyecto de cooperación tiene por objetivo el estudio de posibles mejoras a implantar en las entidades asociativas prioritarias o pymes agroalimentarias en los aspectos relativos a los consumos energéticos de sus procesos relacionados con la transformación de los productos alimentarios. El proyecto de cooperación deberá concluir, utilizando valores de referencia y mediciones, en una serie de recomendaciones precisas y evaluables económicamente relativas a la eficiencia energética.

2. Como objetivo adicional se valorará la utilización de energías renovables en el ámbito agroalimentario por parte de las entidades asociativas prioritarias y/o pymes agroalimentarias participantes en la cooperación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-01-02.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-12275.

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