Artículo 3.
Artículo 3 del Real Decreto 1939/1986, de 6 de junio, por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los cables conductores desnudos de aluminio-acero, aluminio homogéneo y aluminio comprimido y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. · BOE-A-1986-25035
Atención: Real Decreto 1939/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Para la homologación y para la certificación de la conformidad de los cables conductores de aluminio desnudo, se exigirá el cumplimiento de las especificaciones técnicas que figuran en el anexo del presente Real Decreto y se realizarán los ensayos correspondientes a dichas especificaciones.
2. Los ensayos y análisis requeridos se harán en laboratorios acreditados por la Dirección General de Innovación Industrial y Tecnología del Ministerio de Industria y Energía.
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