El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 3.

Artículo 3 del Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre, por el que se adscribe el profesorado de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional a las especialidades propias de la formación profesional específica. · BOE-A-1995-22212

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-10-11.

Texto consolidado

Los funcionarios del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de las especialidades creadas por el Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre, por el que se establecen especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, tienen competencia docente para impartir los módulos profesionales de los ciclos formativos de grado medio y grado superior que se indican en el anexo III, siempre que reúnan las condiciones que en el mismo se detallan y sin perjuicio de la prioridad y obligación que para impartir estos módulos tienen los profesores de las especialidades relacionadas en el anexo II b) anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-10-11.

Más artículos de Real Decreto 1635/1995

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1635/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.