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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Estructura.

Artículo 3 del Real Decreto 1626/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental y por el que se modifica el Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero, por el que se regulan la composición, funcionamiento y atribuciones de los comités de autoridades competentes de las Demarcaciones Hidrográficas con cuencas intercomunitarias. · BOE-A-2011-19244

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-09.

Texto consolidado

1. El Consejo del Agua podrá actuar en Pleno y en Comisiones.

2. El Pleno podrá acordar la constitución de comisiones específicas para el estudio e informe de los asuntos que aquél decida encomendarle.

3. Existirá, en todo caso, una Comisión de Planificación Hidrológica y Participación Ciudadana, para el estudio e informe de los asuntos que el Pleno decida encomendarle en relación con la planificación hidrológica y la participación ciudadana, cuya composición se establece en el artículo 7 de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-09.

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