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Real Decreto Vigente

Artículo 3.

Artículo 3 del Real Decreto 1560/1995, de 21 de septiembre, por el que se regula el régimen de contratación de profesores especialistas. · BOE-A-1995-22867

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-10-22.

Texto consolidado

Los profesores especialistas deberán cumplir las condiciones generales exigidas para el ingreso en la función pública docente, establecidas por el artículo 16 del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, por el que se regula el ingreso y la adquisición de especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo. No serán, sin embargo, de aplicación a estos profesionales los requisitos específicos a que se refiere el artículo 17 de esa misma disposición.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-10-22.

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