El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 3. Régimen jurídico de la concesión del servicio GSM.

Artículo 3 del Real Decreto 1486/1994, de 1 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico y de prestación del servicio de telecomunicación de valor añadido de telefonía móvil automática. · BOE-A-1994-16523

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-07-16.

Texto consolidado

El régimen jurídico básico por el que se regirán las concesiones del servicio GSM está constituido por la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, modificada por la Ley 32/1992, de 3 de diciembre; la legislación de contratos de las Administraciones Públicas; el Reglamento de desarrollo de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones en relación con el dominio público radioeléctrico y los servicios de valor añadido que utilicen dicho dominio, aprobado por el Real Decreto 844/1989, de 7 de julio, y el presente Reglamento y sus disposiciones complementarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-07-16.

Más artículos de Real Decreto 1486/1994

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1486/1994 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.