Artículo 3.
Artículo 3 del Real Decreto 1428/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 90/936/CEE sobre aparatos de gas. · BOE-A-1992-27139
Atención: Real Decreto 1428/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los aparatos y equipos contemplados por el artículo 1 deberán cumplir las exigencias esenciales que les sean aplicables de entre las que figuran en el anexo I.