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Real Decreto Derogada 3 redacciones

Artículo 3.

Artículo 3 del Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial. · BOE-A-1986-18105

Atención: Real Decreto 1406/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Son funciones del CDTI:

1.ª Identificar áreas tecnológicas prioritarias.

2.ª Promover la colaboración entre la industria y las Instituciones y Organismos de investigación y desarrollo tecnológico.

3.ª Promocionar la explotación industrial de las tecnologías desarrolladas por iniciativa del propio Centro o por otros Centros públicos y privados y apoyar la fabricación de preseries y la comercialización de nuevos productos y procesos, especialmente en mercados exteriores.

4.ª Participar a riesgo y ventura o mediante créditos privilegiados en programas y proyectos de desarrollo tecnológico o de diseño industrial.

5.ª Participar en operaciones de capital-riesgo, mediante la toma de acciones u otras participaciones minoritarias representativas del capital social, en nuevas Empresas con tecnología emergente.

6.ª Encargar y adquirir prototipos de productos y plantas piloto.

7.ª Desarrollar un programa de gestión de apoyo a la innovación tecnológica.

8.ª En relación con el Plan nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, ejercerá las funciones siguientes:

a) Evaluar el contenido tecnológico y económico-financiero de los proyectos en los que intervengan Empresas.

b) Contratar con las Universidades, Organismos públicos de investigación y Empresas la promoción de la explotación comercial de las tecnologías desarrolladas por ellas.

c) Colaborar con la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología en la obtención de los adecuados retornos científicos, tecnológicos e industriales de los Programas Internacionales con participación española y gestionar los que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, aquélla le encomiende.#dd#df-4

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-09.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española"..

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