El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 3. Alcance.

Artículo 3 del Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y de su Consejo General. · BOE-A-2000-13866

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-07-23.

Texto consolidado

Los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales integrarán obligatoriamente a todos los Ingenieros Industriales en el ejercicio de su profesión, con título oficial reconocido por el Estado, procedentes de centros docentes creados o reconocidos por el Estado o por las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias, ya fueren públicos o privados y a los Ingenieros Superiores con título extranjero homologado o reconocido oficialmente, a efectos profesionales, por el Estado Español al de Ingeniero Industrial. Asimismo, podrán integrar a otros Ingenieros de segundo ciclo cuyos títulos abarquen campos incluidos en la Ingeniería Industrial, siempre y cuando no exista un Colegio específico que agrupe a un colectivo determinado por su título de especialidad, y así se haya aprobado por el Consejo General, a propuesta de algún Colegio, para cada titulación y para cada centro docente, adoptándose el acuerdo por mayoría de dos tercios de los miembros del Pleno del Consejo General.

En el supuesto de los Ingenieros Industriales con título homologado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o con título reconocido, a efectos profesionales, por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, le será requerida la colegiación obligatoria en la circunstancia específica de ejercer la profesión de Ingeniero Industrial en territorio español.

La obligatoriedad de colegiación queda a salvo en el supuesto que proceda la colegiación en el Colegio Nacional de Ingenieros del ICAI.

Asimismo, quedan exceptuados del requisito de incorporación al correspondiente Colegio, los ingenieros industriales sometidos a régimen funcionarial que desarrollen sus actividades exclusivamente en el seno de las Administraciones Públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-07-23.

Más artículos de Real Decreto 1332/2000

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1332/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.