Artículo 3. Objetivos.
Artículo 3 del Real Decreto 1160/2010, de 17 de septiembre, por el que se regula el Instituto de España. · BOE-A-2010-14304
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-19.
Texto consolidado
Son objetivos del Instituto de España:
a) Fomentar la relación y la colaboración entre las Reales Academias que lo integran, y con las demás Reales Academias y Academias Asociadas, con pleno respeto a la autonomía, personalidad y ámbito material de cada una de ellas.
b) Coordinar el cumplimiento de todas aquellas funciones y competencias que las Reales Academias integradas, o algunas de ellas, puedan ejercer en común.
c) Promover la generación del conocimiento y su transferencia a la sociedad, a través de las actividades coordinadas de las Reales Academias.
d) Ser punto de encuentro de las Reales Academias y de éstas con la sociedad.
e) Ostentar la representación corporativa común de las Reales Academias integradas en el Instituto.