Artículo 3. Régimen patrimonial.
Artículo 3 del Real Decreto 1080/2017, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa. · BOE-A-2017-15855
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-31.
Texto consolidado
1. El patrimonio del INVIED O.A. está integrado, además de por aquellos bienes que le sean adscritos por la Administración General del Estado, por los inmuebles, suelo, bienes y derechos de la extinta Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, de los extintos Patronatos de Casas Militares, del extinto Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas y del Servicio Militar de Construcciones, así como por las viviendas calificadas como viviendas militares y aquellos bienes y derechos que adquiera en el curso de su gestión o que le sean incorporados por cualquier persona pública o privada y por cualquier título.
2. Asimismo, el INVIED O.A. podrá gestionar, enajenar o realizar cualquier otro negocio jurídico permitido por las leyes respecto de los bienes que se hayan puesto o se pongan a disposición del INVIED O.A. a partir de la entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba este estatuto y de aquellos que ya fueron puestos a disposición de la extinta Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de la Disposición adicional séptima de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre.