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Orden Vigente

Artículo 3. Órganos competentes.

Artículo 3 de la Orden TES/388/2022, de 29 de abril, por la que se regula el Registro electrónico de apoderamientos del Fondo de Garantía Salarial, O.A. · BOE-A-2022-7318

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-06.

Texto consolidado

1. Corresponde a la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, O.A., la titularidad y gestión del Registro, así como la aprobación y modificación de los modelos que resulten precisos para su adecuada gestión.

2. La Unidad de Informática de la Secretaría General garantizará la disponibilidad y accesibilidad del Registro; la identificación de los interesados mediante métodos de identificación admitidos en la sede electrónica; la integridad de los datos incorporados; la generación de evidencias electrónicas que permitan la constatación de la fecha y hora de los accesos y actuaciones relevantes para la incorporación de tales datos, así como la generación de documentos electrónicos que acrediten los poderes inscritos en el Registro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-06.

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