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Orden Vigente

Artículo 3. Ámbito geográfico.

Artículo 3 de la Orden TED/766/2020, de 3 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable, susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea. · BOE-A-2020-9262

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-06.

Texto consolidado

El ámbito geográfico de los proyectos que opten a las ayudas que se concedan al amparo de las presentes bases es el de cualquier parte del territorio nacional. Cada convocatoria especificará el ámbito geográfico de aplicación de la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-08-06.

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