Artículo 3. Financiación, planificación y desarrollo de las actividades preventivas de las mutuas.
Artículo 3 de la Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. · BOE-A-2006-20765
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-19.
Texto consolidado
(Derogado).#dd
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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 860/2018, de 13 de julio, por el que se regulan las actividades preventivas de la acción protectora de la Seguridad Social a realizar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social..
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