Artículo 3. Requisitos de las empresas solicitantes.
Artículo 3 de la Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes que dan acceso a los beneficios y especialidades reconocidas en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. · BOE-A-2023-16817
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-22.
Texto consolidado
1. La empresa solicitante deberá acreditar documentalmente la concurrencia de los requisitos establecidos en el artículo 3.1 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 de la presente orden.
2. En cualquier caso, no podrán acogerse a los beneficios de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, las empresas en las que concurra alguno de los supuestos previstos en los artículos 3.3 y 6 de dicha ley.
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