Artículo 3. Situaciones administrativas del personal.
Artículo 3 de la Orden PCI/977/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los cursos de capacitación para el ascenso a los empleos de Suboficial Mayor y de Cabo Mayor de la Guardia Civil. · BOE-A-2018-12938
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-26.
Texto consolidado
1. Para ser convocado para asistir a estos Cursos de Capacitación, será necesario encontrarse en alguna de las situaciones administrativas de servicio activo, servicios especiales o excedencia por una de las causas previstas en el artículo 90.1d), e) y g) de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, del Régimen del Personal de la Guardia Civil, si bien en los párrafos e) y g) solo serán convocados durante los tres primeros años de permanencia en dicha situación.
2. El personal que asista al curso permanecerá o pasará a la situación de servicio activo, debiendo estar en condiciones de prestación del servicio para ser nombrado alumno por el Director del Centro.