Artículo 3. Centros autorizados a impartir la formación.
Artículo 3 de la Orden INT/2323/2011, de 29 de julio, por la que se regula la formación para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A. · BOE-A-2011-14246
Atención: Orden INT/2323/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La formación regulada en la presente orden podrá ser impartida por las escuelas particulares de conductores autorizadas conforme a lo previsto en el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores, aprobado por el Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, así como por otros centros de formación en las condiciones que reglamentariamente se determinen.