Artículo 3. Finalidad del sistema.
Artículo 3 de la Orden HFP/371/2018, de 9 de abril, por la que se regulan las actuaciones de planificación, ejecución y evaluación correspondientes a la supervisión continua de las entidades integrantes del Sector Público Institucional Estatal. · BOE-A-2018-4911
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-12.
Texto consolidado
El sistema de supervisión continua tiene como finalidad verificar la subsistencia de las circunstancias que justificaron la creación de las entidades integrantes del sector público institucional estatal, su sostenibilidad financiera y la concurrencia de las causas de resolución previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, referidas al incumplimiento de los fines que justificaron su creación o que su subsistencia no resulte el medio más idóneo para lograrlos.
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