Artículo 3. Plazos de presentación del modelo 237.
Artículo 3 de la Orden HFP/1430/2021, de 20 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 237 "Gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario. Impuesto sobre Sociedades. Autoliquidación" y se determina forma y procedimiento para su presentación. · BOE-A-2021-21217
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-03.
Texto consolidado
El gravamen especial se devengará el día del acuerdo de aplicación del resultado del ejercicio por la Junta general de accionistas, u órgano equivalente, y deberá ser objeto de autoliquidación e ingreso en el plazo de dos meses desde la fecha de devengo.
Los vencimientos de plazo que coincidan con un día inhábil se entenderán trasladados al primer día hábil inmediato siguiente.
Más artículos de Orden HFP/1430/2021
- ← Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 237.
- → Artículo 4. Habilitación, condiciones generales y procedimiento para la presentación electrónica por internet del mod…
- Ver la norma completa: Orden HFP/1430/2021, de 20 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 237 "Gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario. Impuesto sobre Sociedades. Autoliquidación" y se determina forma y procedimiento para su presentación.