Artículo 3. Plazo para la presentación del modelo 591.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-14.
Texto consolidado
Los obligados mencionados en el artículo anterior deberán presentar el modelo 591 durante los veinte primeros días naturales del mes de diciembre siguiente al año natural al que correspondan los datos.
Más artículos de Orden HAP/2328/2014
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- Ver la norma completa: Orden HAP/2328/2014, de 11 de diciembre, por la que se aprueban los modelos 591 "Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes" y 588 "Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación por cese de actividad de enero a octubre" y se establecen forma y procedimiento para su presentación.