Artículo 3. Características.
Artículo 3 de la Orden HAP/1353/2013, de 3 de julio, por la que se da nueva regulación a los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública. · BOE-A-2013-7777
Atención: Orden HAP/1353/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los Premios regulados en esta Orden no tendrán contenido económico.
Las dos modalidades de los Premios se convocarán anualmente por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, aprobando las correspondientes bases.
En las diferentes órdenes de convocatoria de los Premios se especificará el modo en que deben presentarse las solicitudes de participación en los mismos y expresamente los medios electrónicos a efecto
Las bases de las convocatorias comprenderán como mínimo los siguientes extremos sobre el correspondiente Premio: ámbito de aplicación, contenido del Premio, solicitudes, proceso de evaluación, Jurado, compromisos de los participantes y efectos del Premio.
Los Premios se resolverán asimismo por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.