Artículo 3. Formas de presentación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.
Texto consolidado
La presentación del modelo 318 se regirá por lo dispuesto en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
Más artículos de Orden HAC/1270/2019
- ← Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 318.
- → Artículo 4. Plazo de presentación.
- Ver la norma completa: Orden HAC/1270/2019, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 318, "Impuesto sobre el Valor Añadido. Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios" y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.