Artículo 3. Régimen aplicable a los gases manufacturados en los territorios insulares.
Artículo 3 de la Orden ETU/1283/2017, de 22 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el año 2018. · BOE-A-2017-15522
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-01.
Texto consolidado
1. Mientras sea de aplicación el régimen dispuesto en la disposición transitoria vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, se reconoce a la empresa distribuidora titular de las redes de distribución donde se lleve a cabo este suministro la retribución en concepto de «suministro a tarifa» calculada por aplicación del artículo 21 de la Orden ITC/3993/2006, de 29 de diciembre, por la que se establece la retribución de determinadas actividades reguladas del sector gasista.
2. Para el año 2018 el precio de cesión será de 0,01961 €/kWh.
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